Decreto Ley14962·1979

REGULACION DE CURSOS DE PASAJE DE GRADO PARA FUNCIONARIOS MILITARES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20/11/1979

Fecha de publicación

19/12/1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Los funcionarios públicos que deseen realizar cursos de capacitación para Sargento 1º o Alferez de Reserva con la conformidad del jerarca de la respectiva Unidad Ejecutora, pasarán en comisión al Ministerio de Defensa Nacional por todo el tiempo necesario para la realización de los mismos. Finalizados los cursos correspondientes, o en caso de eliminación, se reintegrarán a su oficina de origen.

Artículo 2Artículo 2

Los funcionarios en comisión mantendrán en la oficina de origen todos sus derechos funcionales, y en particular, los referidos a la remuneración y al ascenso, a cuyo efecto se les considerará como prestando servicios en aquélla.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 20 de noviembre de 1979Promulgación (14962)
  2. 19 de diciembre de 1979Publicación (14962)