Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Juan P. Tapié" al Centro Docente Urbano (UTU) de San Ramón, del departamento de Canelones, dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "Juan P. Tapié" al Centro Docente Urbano (UTU) de San Ramón, del departamento de Canelones, dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.