Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Acuerdo relativo a la Interpretación y Aplicación de los artículos VI, XVI y XXIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio hecho en Ginebra, el 12 de abril de 1979 y suscrito por la República Oriental del Uruguay el 31 de diciembre de 1979. (*)