Decreto Ley15129·1981

DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. ARTIGAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/04/1981

Fecha de publicación

5 de julio de 1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desaféctase del dominio del Estado (Ministerio de Salud Pública) y aféctase al de la Administración Municipal de Artigas, el inmueble sito en la ciudad de Bella Unión, Séptima Sección Judicial de ese departamento, empadronado con el Nº 468, manzana 160, compuesto, según plano levantado el 20 de julio de 1978 por el ingeniero agrimensor Héctor Dellepiane, inscrito en la Dirección General del Catastro nacional el 15 de febrero de 1979 con el Nº 1.059, de una superficie de 7.486 metros cuadrados 87 decímetros.

Artículo 2Artículo 2

La compensación por dicho cambio de destino se establece en la cantidad de N$ 280.000.00 (nuevos pesos doscientos ochenta mil), que se destinará a obras de ampliación del Centro Auxiliar de Salud Pública de Bella Unión.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de abril de 1981Promulgación (15129)
  2. 7 de mayo de 1981Publicación (15129)