Decreto Ley15133·1981

ACCION EJECUTIVA PARA EL COBRO DE CREDITOS POR SERVICIOS PRESTADOS. AFE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de noviembre de 1981

Fecha de publicación

19/05/1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) tendrá acción ejecutiva para el cobro de los créditos que resultaren a su favor por las deudas de los usuarios morosos en el pago de cualquiera de los servicios prestados por dicho organismo. A tal efecto, serán de aplicación las normas previstas en los artículos 1º, incisos segundo y tercero, 2º y 3º de la ley 14.950, de 9 de noviembre de 1979.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de mayo de 1981Promulgación (15133)
  2. 19 de mayo de 1981Publicación (15133)