Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "República del Paraguay", a la Escuela Nº 6, de Primera Categoría, dependiente del Consejo Nacional de Educación, sita en el departamento de Paysandú.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase con el nombre de "República del Paraguay", a la Escuela Nº 6, de Primera Categoría, dependiente del Consejo Nacional de Educación, sita en el departamento de Paysandú.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.