Decreto Ley15156·1981

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. ROCHA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22/07/1981

Fecha de publicación

29/07/1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado no laborable para el departamento de Rocha el día 1º de agosto de 1981, con motivo de conmemorarse los cien años de creación del departamento.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos nacidos en el departamento de Rocha, a gozar de licencia extraordinaria con goce de sueldo el día 1º de agosto de 1981, con el fin de concurrir a los actos de celebración de aquel aniversario. Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en la autorización dispondrán las medidas de contralor pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos, de quienes la invoquen para disfrutar de asueto.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 22 de julio de 1981Promulgación (15156)
  2. 29 de julio de 1981Publicación (15156)