Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio sobre Adopción del Manual Interamericano de Dispositivos para el Control del Tránsito en Calles y Carreteras ("Convenio de Caracas"), abierto a la firma en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, Washington D.C., el 7 de diciembre de 1979 y suscrito por parte del Gobierno de la República Oriental del Uruguay el 23 de julio de 1980. (*)