Decreto Ley15243·1982

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. TACUAREMBO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

26/01/1982

Fecha de publicación

2 de setiembre de 1982

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado no laborable para el departamento de Tacuarembó el día 27 de enero de 1982, con motivo de conmemorarse el sesquicentenario de la fundación de la ciudad de Tacuarembó.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos, nacidos en el departamento de Tacuarembó, a disfrutar de licencia extraordinaria con goce de sueldo, los días 27 y 28 de enero de 1982, con el fin de concurrir a los actos de celebración de aquel aniversario. Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en la autorización dispondrán las medidas de control pertinentes, respecto a la efectiva concurrencia a los actos, de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.

Artículo 3Artículo 3

Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación en dos diarios de la capital.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 26 de enero de 1982Promulgación (15243)
  2. 9 de febrero de 1982Publicación (15243)