Decreto Ley15295·1982

FIJACION DE PLAZO PARA ACREDITAR LA CALIDAD DE POSEEDORES DE INMUEBLES AFECTADO POR LAS OBRAS DE SALTO GRANDE

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30/06/1982

Fecha de publicación

7 de junio de 1982

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

A partir del plazo de noventa días contados desde la fecha de la publicación de la presente ley, caducarán los eventuales derechos de quienes pudiendo encontrarse comprendidos en la situación a que aluden el artículo 2º de la ley 14.627, de 5 de enero de 1977, y el 2º de la ley 14.781, de 12 de mayo de 1978, no inicien en legal forma los trámites correspondientes para acreditar calidad de poseedores mediante los procedimientos previstos por las normas citadas.

Artículo 2Artículo 2

Transcurridos ciento ochenta días, contados desde la misma fecha, sin que hubiere recaído resolución firme en los trámites establecidos en las leyes referidas en el artículo anterior por causa imputable al interesado, se clausurarán los procedimientos de oficio y sin más trámite.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 30 de junio de 1982Promulgación (15295)
  2. 6 de julio de 1982Publicación (15295)