Artículo 1 — Artículo 1
Aféctanse a los servicios de la Administración Municipal de Tacuarembó, desafectándolos de su actual destino en el Estado - Ministerio de Defensa Nacional - los siguientes bienes inmuebles: I) Solar de terreno baldío sito en la Primera Sección Judicial de Tacuarembó, que forma parte de la manzana 254 de la planta urbana de la ciudad del mismo nombre, empadronado hoy con el número 5049, antes 1393, señalado como solar Nº 6 en el plano del agrimensor Miguel Nazarenko, de 16 de marzo de 1946; inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado, el 19 de los mismos mes y año, con el Nº 666, según el cual se compone de una superficie de 286,65 m² y que se deslinda así: 10,50 metros de frente al Noroeste a la avenida Brigadier General Manuel Oribe, entre calles Washington Beltrán y 25 de Agosto, 27,30 metros al Noreste, lindando con parte del solar 7; 10,50 metros al Sureste, linda con parte del solar 10; y 27,30 metros al Suroeste, lindando con solar 5; todos del mismo plano; II) Dos solares de terreno con construcciones, sitos en la Primera Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, que forman parte de la manzana 254 de la planta urbana de la ciudad del mismo nombre, empadronados con el Nº 5324 señalados como solares 7 y 8 en el plano del agrimensor Ildefonso Esteves, de setiembre de 1966, inscrito en la Oficina Departamental de Catastro de Tacuarembó el 14 de los mismos mes y año, con el Nº 3267, compuestos, respectivamente, de un área de 296,0020 m², y 289,0095 m², que, por ser contiguos, en conjunto se deslindan así: 18,16 metros de frente al Noroeste, a la avenida Brigadier General Manuel Oribe, ochava recta al Norte de 5 metros; 23,76 metros al Noreste, que por ser esquina, también da frente a la calle 25 de Agosto; 20,90 metros al Sureste, lindando con el solar Nº 10 y 27,30 metros al Suroeste, lindando con propiedad del Municipio de Tacuarembó. (*)