Decreto Ley15358·1982

DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. TACUAREMBO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/12/1982

Fecha de publicación

14/01/1983

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Aféctanse a los servicios de la Administración Municipal de Tacuarembó, desafectándolos de su actual destino en el Estado - Ministerio de Defensa Nacional - los siguientes bienes inmuebles: I) Solar de terreno baldío sito en la Primera Sección Judicial de Tacuarembó, que forma parte de la manzana 254 de la planta urbana de la ciudad del mismo nombre, empadronado hoy con el número 5049, antes 1393, señalado como solar Nº 6 en el plano del agrimensor Miguel Nazarenko, de 16 de marzo de 1946; inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado, el 19 de los mismos mes y año, con el Nº 666, según el cual se compone de una superficie de 286,65 m² y que se deslinda así: 10,50 metros de frente al Noroeste a la avenida Brigadier General Manuel Oribe, entre calles Washington Beltrán y 25 de Agosto, 27,30 metros al Noreste, lindando con parte del solar 7; 10,50 metros al Sureste, linda con parte del solar 10; y 27,30 metros al Suroeste, lindando con solar 5; todos del mismo plano; II) Dos solares de terreno con construcciones, sitos en la Primera Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, que forman parte de la manzana 254 de la planta urbana de la ciudad del mismo nombre, empadronados con el Nº 5324 señalados como solares 7 y 8 en el plano del agrimensor Ildefonso Esteves, de setiembre de 1966, inscrito en la Oficina Departamental de Catastro de Tacuarembó el 14 de los mismos mes y año, con el Nº 3267, compuestos, respectivamente, de un área de 296,0020 m², y 289,0095 m², que, por ser contiguos, en conjunto se deslindan así: 18,16 metros de frente al Noroeste, a la avenida Brigadier General Manuel Oribe, ochava recta al Norte de 5 metros; 23,76 metros al Noreste, que por ser esquina, también da frente a la calle 25 de Agosto; 20,90 metros al Sureste, lindando con el solar Nº 10 y 27,30 metros al Suroeste, lindando con propiedad del Municipio de Tacuarembó. (*)

Artículo 2Artículo 2

Como contrapartida de lo dispuesto por el artículo anterior, aféctase a los servicios del Estado - Ministerio de Defensa Nacional - desafectándolo de su actual destino en la Administración Municipal de Tacuarembó, el inmueble Padrón Nº 124, sito en la Primera Sección Judicial del departamento de Tacuarembó, solar 8 de la manzana 9, que según plano del ingeniero agrimensor Gerardo P. Fernández, de 18 de enero de 1954, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Tacuarembó con el Nº 462, tiene una superficie de 396,85 m², que se deslindan así: 13, 77 metros al Noroeste, de frente a la calle 25 de Mayo, distando el extremo más próximo 30,13 metros de la esquina con calle Joaquín Suárez; 28,82 metros al Noreste, lindando con Padrón propiedad del señor Valentín Gadola; 13,77 metros al Sureste, lindando con solar 2 del mismo plano, y 28,82 metros al Suroeste, lindando con Padrón de la sucesión de Marzio Marella.

Artículo 3Artículo 3

El Registro Departamental de Traslaciones de Dominio de Tacuarembó procederá a la registración correspondiente con la sola presentación del certificado notarial que se expedirá, con referencia precisa a los datos individualizantes de cada bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción de los instrumentos respectivos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de diciembre de 1982Promulgación (15358)
  2. 14 de enero de 1983Publicación (15358)