Artículo 1 — Artículo 1
Desígnense "Juana de Ibarbourou" las Escuelas número 24, Rural, de Barrancas, del departamento de Lavalleja y la número 82 del departamento de Maldonado, dependientes del Consejo Nacional de Educación.
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnense "Juana de Ibarbourou" las Escuelas número 24, Rural, de Barrancas, del departamento de Lavalleja y la número 82 del departamento de Maldonado, dependientes del Consejo Nacional de Educación.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.