Decreto Ley15412·1983

EXPROPIACIONES. REPRESA DE PASO SEVERINO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de octubre de 1983

Fecha de publicación

7 de abril de 1983

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que para las expropiaciones de inmuebles que se realicen con motivo de la construcción de una represa en las proximidades del sitio denominado Paso Severino sobre el río Santa Lucía Chico y otras obras de ampliación y mejoramiento del sistema de abastecimiento de agua potable a la ciudad de Montevideo, serán aplicables las disposiciones de los artículos 12, 13 y 14 de la ley 14.250, de 15 de agosto de 1974. (*)

Artículo 2Artículo 2

Para los estudios y para la construcción de las obras que integran el proyecto referido en el artículo anterior, la propiedad queda sujeta a las servidumbres de interés general conforme a las disposiciones establecidas en los artículos 2 y 3 de la ley 14.224, de 11 de julio de 1974, que se declara aplicable en la especie.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de junio de 1983Promulgación (15412)
  2. 4 de julio de 1983Publicación (15412)