Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase "Eduardo Fabini" la Escuela Nº 64 de Primera Categoría, de Jardines de Manga, del departamento de Montevideo dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de enero de 1983
Fecha de publicación
8 de octubre de 1983
Artículo 1 — Artículo 1
Desígnase "Eduardo Fabini" la Escuela Nº 64 de Primera Categoría, de Jardines de Manga, del departamento de Montevideo dependiente del Consejo Nacional de Educación.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.