Artículo 1 — Artículo 1
Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado (Fondo de la Seguridad Social), afectándolo a los servicios de la Intendencia Municipal de Paysandú el imnueble padrón número 5.795, ubicado en la Decimo segunda Sección Judicial de dicho departamento, que, según plano levantado por el agrimensor Jorge Rabín con fecha 19 de marzo de 1971 e inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado con el número 1.057 el 12 de abril de 1971, tiene una superficie de 5.993,75 m2 que se deslinda así: por el Norte, 82,95 m, de frente a la calle Uruguay; por el Este, 72.78m de frente a la avenida Enrique Chaplin; por el sur, 85,62m de frente a la calle Florida y por el Oeste, 75,47 m lindando con los Padrones Nos. 9.356 y 5.794. (*)