Decreto Ley15454·1983

DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. PUEBLO 25 DE AGOSTO FLORIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 1983

Fecha de publicación

9 de setiembre de 1983

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado, afectándolo - a título gratuito- al del Banco Hipotecario del Uruguay, parte del bien inmueble y sus mejoras empadronado en mayor área con el Nº 40, constituida por los solares Nos. 1 a 8 y las fracciones "A", "B" y "C" ubicado en la Decimotercera Sección Judicial del departamento de Florida (Pueblo 25 de Agosto), el que, según plano del agrimensor Eugenio Jauri inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado con el Nº 2.619, el 23 de octubre de 1961, tiene en su conjunto una superficie de 3.869,96 m2, que se deslinda de la siguiente manera: al Este, 97.96 m de frente a calle Simón del Pino; al Sur, 33,83 m frente a calle Senen Rodriguez, uniendo ambas alineaciones ochava recta de 2,76 m; al Oeste, línea quebrada en once tramos rectos que miden: 17,41 m, 17,87 m, 6,78 m, 9,13 m, 1,87 m, 8,82 m, 8,77 m, 3,86 m, 4,84 m, 8,83 m, y 12,30 m, lindando todos con fracción "D" destinada a calle de 20 metros; al Norte 35,74 m de frente a calle 8 de Octubre.

Artículo 2Artículo 2

El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración correspondiente con la sola presentación de certificado notarial que se expedirá con referencia precisa a los datos individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de setiembre de 1983Promulgación (15454)
  2. 9 de setiembre de 1983Publicación (15454)