Decreto Ley15455·1983

REGULACION DE NORMAS SOBRE DERECHO DE LICENCIA DE LOS CONSEJEROS DE ESTADO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 1983

Fecha de publicación

9 de setiembre de 1983

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Declárase que los ciudadanos que se desempeñaron como Consejeros de Estado durante la vigencia del artículo 22 de la ley 14.416, de 28 de agosto de 1975, y del artículo 13 de la ley 14.754 de 8 de enero de 1978, carecieron de derecho a gozar de licencias ordinarias durante su actuación y, por ende, a percibir remuneraciones derivadas de las mismas.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 5 de setiembre de 1983Promulgación (15455)
  2. 9 de setiembre de 1983Publicación (15455)