Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Protocolo del 4 de diciembre de 1977 por el que se prorroga por cuatro años, hasta el 31 de diciembre de 1981, el Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Textiles, suscrito el 20 de diciembre de 1973, en el ámbito del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). (*)