Decreto Ley15510·1983

DESAFECTACION DE BIEN PUBLICO. FLORES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29/12/1983

Fecha de publicación

18/01/1984

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Desaféctase de su actual destino en el patrimonio de la Administración Municipal de Flores, y afectase al patrimonio del Estado (Ministerio de Justicia) con destino a sede de las dependencias judiciales, Fiscalía Departamental y Defensoría de Oficio, el inmueble Padrón Nº 688, ubicado en la Primera Sección judicial del departamento de Flores con una superficie total de 1.417.95 m, que se deslinda de la siguiente manera: al Norte: 42.95 m, lindando con Padrón Nº 2.669. al Sur 42.95 m con frente a la calle Presidente Berro, al Este: 32,80 m lindando con Padrones Nos. 3.605 y 683. y al Oeste: 33,20 m con frente a la calle Dr. Luis Alberto de Herrera.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo (Ministerio de Justicia) y la Administración Municipal de Flores, acordarán las compensaciones que pudieren corresponder como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas por la presente ley.

Artículo 3Artículo 3

El Registro General de Traslaciones de Dominio procederá, a la registración correspondiente con la sola presentación de certificado notarial que se expedirá con referencia precisa a los datos; individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 29 de diciembre de 1983Promulgación (15510)
  2. 18 de enero de 1984Publicación (15510)