Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo, de acuerdo con la ley 14.178, de 28 de marzo de 1974, a exonerar del pago del Impuesto a las Rentas de la Industria y Comercio (IRIC) a las empresas comprendidas en dicha ley que tengan forma jurídica de sociedad por acciones, deduciendo de la renta neta fiscalmente ajustada al aumento de capital integrado derivado de la capitalización de reservas o de dividendos en acciones, realizado durante el ejercicio. (*)