Decreto Ley15552·1984

AUTORIZACION A INSTITUCIONES DEPORTIVAS A REALIZAR JUEGOS DE AZAR

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/05/1984

Fecha de publicación

30/05/1984

Artículos (7)

Artículo 1Artículo 1

Las asociaciones civiles que tengan el carácter de organismos dirigentes de las diversas ramas del deporte, con reconocida trayectoria en el mismo, revista este carácter profesional o aficionado, podrán organizar, con la autorización del Poder Ejecutivo, certámenes de pronósticos de resultados deportivos o rifas, con otorgamiento de premios en dinero o en especies. (*)

Artículo 2Artículo 2

El derecho a participar en dichos certamenes o rifas, se genera mediante la mera adquisición del correspondiente boleto de entrada a los espectáculos deportivos. (*)

Artículo 3Artículo 3

La Administración de los fondos destinados a solventar los mencionados certámenes de pronósticos o rifas, estara a cargo de la Dirección de Loterías y Quinielas, la que será controlada por la Inspección General de Hacienda. Estos organismos podrán requerir de las instituciones organizadoras todos los medios necesarios para el mejor cumplimiento de los cometidos que se les asignan por la presente ley. (*)

Artículo 4Artículo 4

El Poder Ejecutivo reglamentará las formalidades a que deberá ajustarse la celebración de dichos certámenes y rifas. (*)

Artículo 5Artículo 5

Quedan excluidos de la presente ley los juegos de carreras de caballos en que se efectúen en apuestas mutuas, los cuales se regirán por las disposiciones pertinentes. (*)

Artículo 6Artículo 6

Autorízase a la Dirección de Loterias y Quinielas y a la Inspección General de Hacienda, a percibir de los organismos organizadores el reembolso de los gastos que los origine el cumplimiento de esta ley. Dichos gastos no podrán superar en total el 3% (tres por ciento) de los ingresos brutos al fondo respectivo. (*)

Artículo 7Artículo 7

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de mayo de 1984Promulgación (15552)
  2. 30 de mayo de 1984Publicación (15552)