Decreto Ley15560·1984

DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. SALTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25/05/1984

Fecha de publicación

6 de agosto de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado (Ministerio del Interior) y aféctase, a título gratuito, a la Intendencia Municipal de Salto, para la construcción de un camino que comunique con la Ruta Nacional Nº 3 "General José Artigas", la fracción de terreno, ubicada en la Tercera Sección Judicial del departamento de Salto, empadronada en mayor área con el Nº 17.187, y señalada con la letra "B" en el plano de mensura y fraccionamiento del ingeniero agrimensor Mario lbarburu de setiembre de 1983, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado con el número 6577, el 14 de octubre del mismo año, y que consta de una superficie de 840,89 m2, que se deslinda así: al Norte, 23,59 m lindando con fracción D; al Noreste 42,05 m limitando con fracción 4; al Sur 23,39 m confinando con fracción A, y al Suroeste 42,03 m lindando con fracción 3, todas del mismo plano. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Registro de la Propiedad (Sección Inmobiliaria) procederá a la registración correspondiente de la transferencia dispuesta en el artículo 1º, con la sola presentación del certificado notarial expedido por escribano del Ministerio del Interior, el que deberá contener referencias precisas a los datos individualizantes del inmueble afectado, título y modo por el que oportunamente se adquirió, e inscripción de la escritura respectiva.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 25 de mayo de 1984Promulgación (15560)
  2. 8 de junio de 1984Publicación (15560)