Artículo 1 — Artículo 1
Déjase sin defecto la declaración de utilidad pública de la expropiación declarada por el artículo 81 de la ley 14.106, de fecha 14 de marzo de 1973, en cuanto concierne al inmueble Padrón Nº 405.690, ubicado en la Décima Sección Judicial del departamento de Montevideo, destinado a campo de deportes de la Escuela Naval.