Decreto Ley15600·1984

CARRERA FUNCIONAL. DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

19/07/1984

Fecha de publicación

24/07/1984

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

El régimen de ascensos de los funcionarios de la Dirección General de la Seguridad Social, se estructurará en base al mérito, la capacitación y la antigüedad, en la forma y condiciones que determine la reglamentación. (*)

Artículo 2Artículo 2

Hasta el 50% (cincuenta por ciento) de los cargos de Jefatura y de Gerencia o equivalentes de todos los escalafones, podrán ser provistos por selección, por resolución fundada, entre los funcionarios del mismo escalafón y que ocupen cargos del grado inmediato inferior en la forma y condiciones que determine la reglamentación. (*)

Artículo 3Artículo 3

Los cargos de Gerente General y Gerentes de División podrán ser provistos por selección, por resolución fundada, entre funcionarios que ocupen cargos del grado inmediato superior, en la forma y condiciones que determine la reglamentación. Del mismo modo se proveerán los cargos de Directores y Asesores, realizándose la selección entre funcionarios de los escalafones Administrativos (Ab) y Técnico Profesional (AaA) que ocupen cargos de los grados inmediatos inferiores. (*)

Artículo 4Artículo 4

La presente ley será reglamentada dentro de los noventa días a partir de su promulgación. (*)

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 19 de julio de 1984Promulgación (15600)
  2. 24 de julio de 1984Publicación (15600)