Decreto Ley15603·1984

DESAFECTACION DE BIEN PUBLICO. CANELONES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

27/07/1984

Fecha de publicación

8 de setiembre de 1984

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Desaféctanse de su actual destino en la Administración Municipal de Canelones, afectándolos a título gratuito a los servicios del Estado - Ministerio de Defensa Nacional- con el fin de construir viviendas para el personal de la División de Ejército I, los siguientes bienes inmuebles: a) un solar de terreno sito en la Cuarta Sección Judicial del departamento de Canelones, ciudad de Las Piedras, zona suburbana, empadronado con el Nº 16.642 (antes 2.585 parte) que según plano del ingeniero agrimensor Eduardo H. Pereyra, de marzo de 1976, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Canelones el 26 de mayo de 1976 con el Nº 6962, se compone de una superficie de 11.064 m y se deslinda así: tres tramos de recta de 74,70m; 10m y 90,50m al Suroeste de frente a la calle Colonia (ancho 17 m) y servidumbre legal (ancho 10m); al Noroeste 69,35m de frente a la calle Libres formando esquina con la anterior; al Noreste 1,68m lindando con los Padrones números 15.272 y 2.502 y al Sureste 62,70m lindando con Padrón Nº 2.585 (parte). b) un solar de terreno sito en la Cuarta Sección Judicial del departamento de Canelones, ciudad de Las Piedras, zona suburbana, empadronado con el Nº 7.459, que según plano del ingeniero agrimensor Eduardo H. Pereyra, de marzo de 1976, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Canelones el 26 de mayo de 1976 con el Nº 6.961, se compone de una superficie de 5.811,12m² y se deslinda así: al Noroeste 79,84m de frente a la calle Juana de Arco; 72,20m al Sureste lindando con parte del Padrón Nº 5.376; al Suroeste 81,58m de frente a la calle Luis Braile (ancho 17,01m) y al Noroeste 72m lindando con los Padrones Nos. 7.458 y 15.469.

Artículo 2Artículo 2

El Registro de Propiedad (Sección Inmobiliaria) procederá a la registración correspondiente con la sola presentación de certificado notarial que se expedirá, con referencia precisa a los datos individualizantes de los bienes raíces, título y modo de adquisición del instrumento respectivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 27 de julio de 1984Promulgación (15603)
  2. 9 de agosto de 1984Publicación (15603)