Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse en todos sus términos los Contratos de Préstamo y sus Anexos Nos. 471/OC-UR, 472/OC-UR y 750/SF-UR, por las sumas de U$S 13.000.OOO (trece millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas, excepto la de Uruguay, U$S 12.000.000 (doce millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas, excepto la de Uruguay, U$S 15.000.000 (quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otras monedas, respectivamente, suscritos por la República Oriental del Uruguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el 26 de julio de 1984, destinados a la financiación parcial de un programa de mejoramiento de la infraestructura urbana y de servicio de los pequeños centros y poblados del interior del país, según subprogramas de Transporte, Saneamiento, Servicios Sociales y Mercados, dentro del Plan Nacional de Obras Municipales detallados en los Anexos A de los citados Contratos. (*)