Artículo 1 — Artículo 1
Apruébanse el Convenio de Sanidad Animal orientado a la Exportación e Importación de Especies Pecuarias, principalmente Ganaderia de Leche, con destino a las Zonas Tropicales del Ecuador, para el Mejoramiento Genético y el Incremento de la Producción, suscrito entre la República Oriental del Uruguay y la República del Ecuador el 14 de abril de 1983, y las Notas Reversales por las que se modifica el texto del artículo 8º del citado Convenio, suscritos entre ambos países el 5 de junio de 1984. (*)