Decreto Ley15729·1985

DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de agosto de 1985

Fecha de publicación

18/04/1985

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Derógase la ley 15.440 de 26 de julio de 1983; que dispuso la desafectación de parte del inmueble Padrón Nº 409.992 propiedad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y su afectación a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.

Artículo 2Artículo 2

El Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria, registrará la pertinente desafectación y nueva afectación al Estado (Ministerio de Transporte y Obras Públicas) del inmueble deslindado en el art. 1º de la ley que se deroga 15.440 con la sola presentación del certificado notarial que se expedirá con referencia precisa de los datos individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

Esta norma es afectada por

  • Ninguna registrada.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de febrero de 1985Promulgación (15729)
  2. 18 de abril de 1985Publicación (15729)