Decreto Ley15730·1985

EXONERACION DEL IVA A LA VENTAS DE CARNE DE AVE, POR PARTE DE DETERMINADAS CARNICERIAS

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de agosto de 1985

Fecha de publicación

15/04/1985

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las ventas de carne de ave realizadas por las carnicerías integrantes del Convenio firmado con la Intendencia Municipal de Montevideo y provenientes de dicho Convenio. (*)

Artículo 2Artículo 2

La exoneración que se concede por el artículo precedente tendrá vigencia a partir del 16 de julio de 1984 y por el término de ciento cincuenta días.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 8 de febrero de 1985Promulgación (15730)
  2. 15 de abril de 1985Publicación (15730)