Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de abril de 1986 el plazo para acogerse a los beneficios de la ley 15.786, de 4 de diciembre de 1985 (Ley de refinanciación de deudas).
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Artículo 1 — Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de abril de 1986 el plazo para acogerse a los beneficios de la ley 15.786, de 4 de diciembre de 1985 (Ley de refinanciación de deudas).
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Esta norma afecta a
Esta norma es afectada por
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.