Ley15865·1987

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. TACUAREMBO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de noviembre de 1987

Fecha de publicación

7 de setiembre de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Decláranse feriados en el departamento de Tacuarembó los días 12, 13 y 14 de junio de 1987, con motivo de los actos celebratorios del 150 aniversario de la creación del Departamento. (*)

Artículo 2Artículo 2

Otórgase goce de licencia paga, durante los días feriados referidos en el artículo 1 a los trabajadores de la actividad pública y privada nativos del departamento de Tacuarembó que acrediten haber viajado en las fechas indicadas al mismo.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de junio de 1987Promulgación (15865)
  2. 9 de julio de 1987Publicación (15865)