Ley15866·1987

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. SALTO

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15/06/1987

Fecha de publicación

7 de octubre de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Declárase feriado para el departamento de Salto el 16 de junio de 1987, día del ciento cincuenta aniversario de la creación de dicho departamento.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase a los funcionarios públicos de los demás departamentos de la República, nacidos en el departamento de Salto, que deseen trasladarse a dicho departamento en la fecha indicada, una licencia de dos días.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 15 de junio de 1987Promulgación (15866)
  2. 10 de julio de 1987Publicación (15866)