Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio sobre Cooperación Técnica No-Reembolsable entre la República Argentina, la República de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Chile, la República del Paraguay, la República Oriental del Uruguay y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura por una parte y por la otra el Banco Interamericano de Desarrollo sobre un programa de consolidación de acciones de intercambio y apoyo mutuo relacionadas con la investigación agropecuaria. (ATH/TF-2434-RE). (*)