Ley15908·1987

ENAJENACION DE LOS BIENES DEL ESTADO - BIENES INMUEBLES

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/11/1987

Fecha de publicación

12 de setiembre de 1987

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar, a título gratuito, al Banco Hipotecario del Uruguay el inmueble denominado "Casa del Virrey", empadronado con el Nº 3322, con frente a la calle Piedras Nos. 554/58 de la ciudad de Montevideo.

Artículo 2Artículo 2

Autorízase al Banco Hipotecario del Uruguay a restaurar dicho inmueble con destino a vivienda, incorporarlo al régimen de propiedad horizontal que corresponda y vender las unidades resultantes.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de noviembre de 1987Promulgación (15908)
  2. 9 de diciembre de 1987Publicación (15908)