Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar, a título gratuito, al Banco Hipotecario del Uruguay el inmueble denominado "Casa del Virrey", empadronado con el Nº 3322, con frente a la calle Piedras Nos. 554/58 de la ciudad de Montevideo.