Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a enajenar a título gratuito a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el bien empadronado en mayor área con el Nº 2.594, ubicado en la Segunda Sección Judicial del departamento de Salto, manzana catastral Nº 177, municipal Nº 265, señalado como fracción Nº 2 en el plano del ingeniero agrimensor Fermín Danilo Goslino de 4 de setiembre de 1984, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto con el 6.713 el 13 de setiembre de 1984, con una superficie de dos mil cuatrocientos diecinueve metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados.