Ley15918·1987

DECLARACION DIA DE LA ANTARTIDA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

12 de octubre de 1987

Fecha de publicación

1 de agosto de 1988

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Establécese el "Día de la Antártida", que se celebrará el 7 de octubre de cada año. (*)

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para la regular celebración de la fecha mencionada. En tal oportunidad serán especialmente difundidos los fundamentos de la vocación antártida de la República y de sus derechos e intereses respecto de la región.

Artículo 3Artículo 3

Las autoridades de las diversas ramas de la Enseñanza dispondrán, con el mismo objeto, similares medidas en la órbita de sus competencias.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 10 de diciembre de 1987Promulgación (15918)
  2. 8 de enero de 1988Publicación (15918)
  3. 26 de diciembre de 2003Modifica redacción (17727)
  4. 26 de diciembre de 2003Modifica (17727)