Artículo 1 — Artículo 1
Desaféctase del dominio del Estado - Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) y se transfiere, afectándolo a la Intendencia Municipal de Tacuarembó, parte del inmueble Padrón Nº 9887, ubicado en la Novena Sección Judicial del departamento de Tacuarembó la que, según plano del ingeniero agrimensor Jorge Laviano, de fecha 26 de octubre de 1982, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado el día 5 de enero de 1983 con el Nº 3709, tiene una superficie de seis hectáreas dos mil doscientos quince metros cuadrados, que se deslinda así: Al Norte ciento cuarenta y siete metros lindando con el lago de la Central Hidroeléctrica Gabriel Terra; al Oeste cien metros setenta decímetros con el Padrón Nº 9887 (parte); ciento once metros noventa decímetros y setenta y cuatro metros con el lago del embalse de la Central Hidroeléctrica Gabriel Terra; al Sur ciento noventa metros cinco decímetros y noventa y seis metros también con el lago del embalse de la Central Hidroeléctrica Gabriel Terra; al Este ciento veintisiete metros quince decímetros con Padrón Nº 772, calle pública, Padrón Nº 766 y Padrón Nº 767; setenta y cuatro metros veintiún decímetros con frente a calle pública y ciento veintiséis metros ochenta y tres decímetros también con frente a calle pública.