Ley15981·1988

OTORGAMIENTO DE PLAZO PARA INSCRIPCION DE NACIMIENTOS EN EL REGISTRO DE ESTADO CIVIL

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/10/1988

Fecha de publicación

11 de marzo de 1988

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Otórgase un nuevo plazo de seis meses a partir de la promulgación de la presente, a los efectos previstos en la ley 15.883, de 26 de agosto de 1987.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de octubre de 1988Promulgación (15981)
  2. 3 de noviembre de 1988Publicación (15981)