Ley15999·1988

HONRAS FUNEBRES. DELMIRA AGUSTINI

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24/11/1988

Fecha de publicación

12 de enero de 1988

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese el traslado al Panteón Nacional de los restos de la poetisa Delmira Agustini.

Artículo 2Artículo 2

El Poder Ejecutivo dispondrá la fecha en que se efectuará el traslado, así como los homenajes que, en esa oportunidad, se rendirán a la memoria de la poetisa.

Artículo 3Artículo 3

En la urna en que se depositarán los restos de Delmira Agustini se colocará una placa con la siguiente inscripción: "Homenaje de la República Oriental del Uruguay a Delmira Agustini".

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 24 de noviembre de 1988Promulgación (15999)
  2. 1 de diciembre de 1988Publicación (15999)