Ley16021·1989

CONSIDERACION DE CIUDADANIA NATURAL. INTERPRETACION DEL ART. 74 DE LA CONSTITUCION

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13/04/1989

Fecha de publicación

27/04/1989

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Tienen la calidad de nacionales de la República Oriental del Uruguay los hombres y mujeres nacidos en cualquier punto del territorio de la República. (*)

Artículo 2Artículo 2

Tienen igualmente dicha nacionalidad, sea cual fuere el lugar de su nacimiento, los hijos de cualquiera de las personas mencionadas en el artículo anterior. (*)

Artículo 3Artículo 3

Los hijos de las personas a quienes por el artículo 2° de esta ley se les otorga la calidad de nacionales, nacidos fuera del territorio nacional, tendrán la calidad de ciudadanos naturales. (*)

Artículo 4Artículo 4

Interprétase el artículo 74 de la Constitución de la República en el sentido que debe entenderse por avecinamiento la realización de actos que pongan de manifiesto, de manera inequívoca, la voluntad de la persona en ese sentido, tales como, por ejemplo: A) La permanencia en el país por un lapso superior a tres meses. B) El arrendamiento, la promesa de adquirir o la adquisición de una finca para habitar en ella. C) La instalación de un comercio o industria. D) El acceso a un empleo en la actividad pública o privada. E) La inscripción y la concurrencia a un centro de estudio público o privado, por un lapso mínimo de dos meses. F) Cualquier otro acto similar demostrativo del propósito mencionado. (*)

Artículo 5Artículo 5

La justificación de los extremos requeridos en el artículo 4° precedente se hará ante la Corte Electoral la que, una vez constatare el cumplimiento de, como mínimo, dos de los requisitos (literales A, B, C, D, E o F), procederá sin más trámite a la inscripción en el registro correspondiente. (*)

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

Relaciones jurídicas

Esta norma afecta a

  • Ninguna registrada.

Esta norma es afectada por

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 13 de abril de 1989Promulgación (16021)
  2. 27 de abril de 1989Publicación (16021)
  3. 23 de diciembre de 2011Modifica redacción (18858)
  4. 23 de diciembre de 2011Modifica (18858)
  5. 31 de diciembre de 2015Modifica redacción (19362)
  6. 31 de diciembre de 2015Modifica redacción (19362)
  7. 31 de diciembre de 2015Modifica (19362)
  8. 31 de diciembre de 2015Modifica (19362)