Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Chipre, suscrito en Nicosia, el 16 de julio de 1987. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo 1
Apruébase el Convenio de Cooperación Cultural, Educativa y Científica entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República de Chipre, suscrito en Nicosia, el 16 de julio de 1987. (*)
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.