Ley16164·1990

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MANUEL ESPINOLA GOMEZ

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21/12/1990

Fecha de publicación

14/01/1991

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable, equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales, al señor Manuel Espínola Gómez.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida con cargo a Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 21 de diciembre de 1990Promulgación (16164)
  2. 14 de enero de 1991Publicación (16164)