Ley16208·1991

OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. REIMUNDA SARAVIA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

17/09/1991

Fecha de publicación

21/10/1991

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Concédese una pensión graciable equivalente a cuatro salarios mínimos nacionales a la señora Reimunda Saravia.

Artículo 2Artículo 2

La erogación resultante será atendida por Rentas Generales.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 17 de setiembre de 1991Promulgación (16208)
  2. 21 de octubre de 1991Publicación (16208)