Ley16229·1991

FINANCIAMIENTO DEL SODRE - FINANCIAMIENTO DE LA ANEP

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

11 de noviembre de 1991

Fecha de publicación

12 de junio de 1991

Artículos (1)

Artículo 1Artículo Unico

Autorízase al Poder Ejecutivo a destinar al Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos (SODRE), para financiar el equipamiento básico de los medios de comunicación masiva del Estado, hasta la suma de N$ 3.188:000.000 (nuevos pesos tres mil ciento ochenta y ocho millones), equivalente a U$S 2:000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América), así como a destinar a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), para financiar la adquisición de material y equipamiento didáctico, hasta la suma de N$ 31.188:000.000 (nuevos pesos treinta y un mil ciento ochenta y ocho millones), equivalente a U$S 20:000.000 (veinte millones de dólares de los Estados Unidos de América), con recursos provenientes de préstamos a contratar con la empresa española de comercio FOCOEX. Antes de contratar dichos préstamos, el Poder Ejecutivo recabará la opinión de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Banco Central del Uruguay.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 11 de noviembre de 1991Promulgación (16229)
  2. 6 de diciembre de 1991Publicación (16229)