Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Protocolo Financiero entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Francesa, suscrito en la ciudad de Montevideo el día 18 de diciembre de 1990. (*)
Documento Actualizado
Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Protocolo Financiero entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República Francesa, suscrito en la ciudad de Montevideo el día 18 de diciembre de 1990. (*)
Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.