Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio entre la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la República Argentina, el Ministerio de Agricultura y Reforma Agraria de la República Federativa del Brasil, el Ministerio de Agricultura de la República de Chile, el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la República del Paraguay, el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de la República Oriental del Uruguay y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), por el cual se crea el Consejo Consultivo de Cooperación Agrícola de los Países del Area Sur (CONASUR), adoptado en la ciudad de Buenos Aires el 8 de junio de 1990. (*)