Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, suscrita por la República el 10 de diciembre de 1982 en Montego Bay (Jamaica), con la declaración formulada por la Delegación de la República al amparo de lo dispuesto en los artículos 287 y 310 de dicha Convención. (*)