Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Convenio Comercial suscrito el 22 de setiembre de 1986 entre el Gobierno de la República y el Gobierno de la República de Polonia (anteriormente denominada República Popular de Polonia) y las Notas Reversales que completan el Artículo XI del texto polaco de dicho Convenio, firmadas el 24 de mayo de 1988 entre ambos Gobiernos. (*)