Artículo 1 — Artículo Unico
Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno de la República del Paraguay sobre Prevención, Control, Fiscalización y Represión del Consumo Indebido y Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas y sus Precursores y Productos Químicos Específicos, suscrito el día 14 de mayo de 1991. (*)