Ley16399·1993

DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. JOSE PEDRO VARELA. LAVALLEJA

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de abril de 1993

Fecha de publicación

13/08/1993

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese que los nacidos en la Décima Sección Judicial del departamento de Lavalleja gozarán de dos días de asueto en los correspondientes al 6 y 7 de agosto de 1993, con motivo de celebrarse los 75 años de la génesis del proceso fundacional de la ciudad de José Pedro Varela.

Artículo 2Artículo 2

Concédese a la Comisión de Festejos de la ciudad de José Pedro Varela, a fin de celebrar el acontecimiento referido, una partida destinada a la presentación de un espectáculo artístico - cultural de relevancia en los mencionados festejos, y una donación de libros de uso didáctico a la Junta Local de dicha ciudad. (*)

Artículo 3Artículo 3

La partida mencionada en el artículo anterior será puesta a disposición de la Comisión de Festejos de la ciudad de José Pedro Varela inmediatamente de sancionada la presente ley y se proveerá con cargo al Ministerio de Educación y Cultura, dándose cuenta a la Asamblea General.

Cronología

Registro documental de eventos — no reconstruye el texto vigente.

  1. 4 de agosto de 1993Promulgación (16399)
  2. 13 de agosto de 1993Publicación (16399)